Ponencia en Deustosarelab sobre licencias Creative Commons y mis conclusiones

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Ponencia en Deustosarelab sobre licencias Creative Commons y mis conclusiones, por Donibane
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Me han pedido que haga un pequeño resumen en ocho puntos de lo acontecido ayer en la ponencia  de Deustosarelab sobre licencias Creative Commons.:
Lo primero es agradecer a la Universidad de Deusto la organización del mismo. Creo que es necesario e importante poder escuchar de primera mano, en este caso de un acreditado abogado especializado en nuevas tecnologías,  Jorge Campanillas, su opinión profesional sobre algo que nos concierne a todos los que nos dedicamos a crear.
Lo segundo decir que Creative Commons es algo que de no haberse inventado hace diez años habría que hacerlo ahora mismo. Da la posibilidad a los creadores, antes de caer en manos de representantes, distribuidores y todo el resto de la cadena muchas veces invisible y desconocida para los artistas, de poder registrar sus obras bajo diferentes licencias y eso es algo realmente maravilloso (siempre y cuando sepamos utilizarlo).
Creative Commons se presenta como es una organización sin fines de lucro que ofrece una alternativa a los derechos de autor completos.
Lo tercero es hacer mención a las diferentes opciones que nos dan desde Creative Commons. Son varias las licencias a las que acogernos, desde aquellas para poder ceder nuestros derechos, entre otros de explotación (que no nuestra autoría), hasta las que no permiten la cesión de los mismos, pasando por aquellas que permiten su comercialización, pero no su alteración, etc.
Los términos son variados y hay que mirarlo bien antes de decidirse por uno de ellos:
cc_icon_attribution.gif.v2
Atribución:

Les permites a otras personas copiar, distribuir, mostrar y reproducir tu obra con derechos de autor (y las obras derivadas que estén basadas en ella), únicamente si reconocen tu mérito.
cc_icon_noncomm.gif.v2
No comercial:

Les permites a otras personas copiar, distribuir, mostrar y reproducir tu obra (y las obras derivadas que estén basadas en ella), únicamente con fines no comerciales.
cc_icon_noderivs.gif.v2
Obras no derivadas:

Les permites a otras personas copiar, distribuir, mostrar y reproducir únicamente copias exactas de tu obra, y no obras derivadas que estén basadas en ella.
cc_icon_sharealike.gif.v2
Compartir bajo la misma licencia:
Les permites a otros distribuir obras derivadas, únicamente con una licencia idéntica a la licencia que rige tu obra.
Lo cuarto y quizás lo más importante, indicar que ya son más millones las obras licenciadas y para una iniciativa a nivel mundial como es esta es muy importante tener el respaldo de la gente.
Lo quinto es hablar o al menos mencionar ya que no soy experto, de jurisprudencia y de leyes. Decir por los expertos que ayer hablaron  que ya son muchos los casos donde gracias a haber dado el paso del registro (que es realmente sencillo) se han podido ganar juicios que de otra forma es posible que no hubiéramos podido hacerlo. Repito, no soy experto en leyes, pero ayer en la conferencia quedo claro que los jueces lo tienen muy en cuenta, desde el momento en que comunicamos licencias damos a nuestras obras.
Lo sexto, decir que no existen unas licencias mejores que otras. Es cierto que existe una corriente de dejar abiertas las licencias (open data) para compartir la información y esta tendencia predica que el arte/cultura debería ser libre, pero como en todo los derechos de los autores tienen que estar salvaguardados y protegidos.
Cada uno debe tomar la decisión que entiende sea la mejor para sus intereses.
Lo séptimo comentar que ya existen plataformas donde al subir contenidos en imágenes permiten «licenciarlas» desde su propia aplicación, como es el caso de Flickr (http://www.flickr.com/creativecommons/)
Este es un paso muy importante para ganarse la confianza de los usuarios al contrario que otras compañías, como son Instagram o Facebook donde prácticamente perdemos los derechos una vez subimos algún contenido.
Flickr y Creative Commos
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Lo octavo será hablar de cómo realizar el registro y para ello primero debemos visitar la página:
http://es.creativecommons.org/
En la parte superior encontraremos un icono que hace mención a “Publica con CC”. Pinchamos ahí y nos lleva a otra página que en un primer término nos da la posibilidad de explorar las licencias de Creative Common yde indagar, antes de decidir, sobre las opciones que luego nos plantea.
Características de la licencia
Nos recuera que nuestras  selecciones en este cuadro actualizarán el resto de cuadros de la página.
Y las pregutas que nos plantea son:
¿Quiere permitir modificaciones de su obra?   Si | No
(en caso de responder que si)  Sí, mientras se comparta de la misma manera
¿Quiere permitir usos comerciales de su obra?  Si | No
Una vez contestadas a estas preguntas y una vez rellenado el formulario por cada obra (aunque se puede dejar como algo genérico si no queremos hacer diferencias entre las licencias de las obras) se genera un código que como he hecho yo (adjunto ejemplo) lo podéis poner en vuestro sitio web, blog o cualquier sitio donde os permita pegar el código.
En mi caso he registrado las obras de mi blog (http://donibane.wordpress.com) bajo una licencia de:
Licencia de Creative Commons Reconocimiento No comercial | Sin obra derivada | Unported
creative commons licence donibane
La forma de exponer esta licencia es sencilla.
En la parte superior derecha de mi  blog la podréis encontrar en forma de icono y además acompañada con texto.
Si queréis podéis pinchar sobre los iconos y os llevará a otra página donde explicará los derechos del artista (en este caso los que yo quiero tener para mis obras).
Lo octavo explicar que como artista, creo que es fundamental que hagamos uso de nuestros derechos, pero también seamos conscientes de nuestras obligaciones para no incurrir en problemas y pasan por utilizar este sistema que en caso de dudas de autoría y de derechos nos podrá ayudar mucho.
Y ahora me voy a poner a registrar todas aquellas obras que no las tenga bajo una licencia Creative Commons.
Y para hacerlo lo primero debo ir a la versión en español:
http://es.creativecommons.org/
Gracias por leerme y espero haberos podido ayudar un poco para aclarar el tema de las licencias utilizando creative commons.